Engañaron a Benedicto XVI

Algunos diputados y senadores del PRI y del PAN, no contentos con vivir engañando a los mexicanos, decidieron montar una farsa para engatusar al Papa Benedicto XVI en su pasada visita a México, y con él a todos los creyentes, que según el INEGI somos el 98 por ciento de la población. 

Y es que quisieron regalarle una reforma que mostrara al mundo que en México tenemos libertad religiosa; pero la reforma a los Arts. 24 y 40 constitucionales no sólo no amplía la libertad religiosa que ya tenemos los mexicanos, la restringe… ¡proyectaron un absurdo legislativo a nivel mundial! 

¿Y el PRD…? Pues habrá que reconocerle su congruencia; pues aunque es un partido claramente antirreligioso, anticlerical y antifamilia, no ha engañado a nadie. Se ha mantenido firme en sus convicciones.

Esta nueva reforma restringe la libertad religiosa que ya tenemos, gracias a los tratados internacionales sobre derechos humanos, que están reconocidos en el artículo primero constitucional.

Veamos algunas de las libertades que la Declaración Universal de los Derechos Humanos y al menos seis tratados internacionales nos conceden y que la reforma al Art. 24 nos niega:

  • La libertad de los padres para garantizar que nuestros hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con nuestras convicciones.   
  • La libertad de divulgar nuestra religión o creencias (ejem.: a través de medios masivos de comunicación)
  • La libertad de profesar (manifestar) nuestra religión; pues hoy sólo nos permite tenerla, lo cual es una libertad interior que sólo podrían regular con telepatía…      
  • El derecho a la objeción de conciencia; que nos protege de ser forzados, por alguna ley, a actuar en contra de nuestras creencias (ejem.: obligar a un doctor a practicar abortos)  
  • La libertad de realizar actos de culto público fuera de los templos; peregrinaciones, Vía Crucis, etcétera, requieren autorización del gobierno. Etcétera.

Pero además, equipara la libertad religiosa con la libertad de “convicciones éticas”; esto es, con “el derecho de cada persona para elaborar… creencias propias, para darse leyes a sí misma…” (Curso para maestros – SEP). Con esto, cada mexicano alcanzamos casi el estatus de dios.

Para rematar, hicieron otra reforma, la del Art. 40 constitucional; donde dice que México es una República representativa, democrática, federal… y ahora también LAICA.

Si nos apegáramos a la lógica, esto no sería problema; pero ya desde el debate legislativo se han manoseado términos como laico, laicismo, laicidad; donde, por ejemplo, la “laicidad” ni siquiera existe en el diccionario. 

Y en los argumentos de esta reforma se menciona que “en los órganos del Estado debe prevalecer… el principio de laicidad… en los asuntos relacionados con el cuerpo y la sexualidad (…homosexualidad), la investigación científica (…experimentación con embriones) y la bioética (…gestación de hijos sin padre o madre), la libertad de las mujeres (…aborto), las normas de salud pública (…cartillas de sexualidad para menores de edad)…”

O también, como dijo el Ombudsman del D.F. “El Estado laico no debe asumirse sólo como no confesional (¿No?)… debe… evitar que sólo una de las posiciones morales domine el espacio público (¿Y la democracia?)

Lo anterior, dicen, busca evitar que los valores religiosos sean un parámetro para medir la legitimidad de los actos de los poderes públicos, pero… ¿Quién va a determinar si un valor es humano o religioso?

Precisamente, esa postura ha sido descalificada por el Tribunal de Estrasburgo, máxima autoridad en derechos humanos del Consejo de Europa (47 países), que ha declarado que: “un Estado que apoya lo laico como opuesto a lo religioso no es neutro” y viola los derechos humanos; y que “el concepto de laicismo es “exclusivo”, es decir, que excluye a las religiones de la esfera social”

Esta reforma tan controversial, donde los católicos estamos divididos y los evangélicos también; dentro del PAN hay división, al igual que en el PRI; debería ser rechazada en su totalidad en los congresos estatales. 

O debemos empezar a promover su inconstitucionalidad, ya que cuando hay diferencia entre los derechos humanos contenidos en la Constitución y un tratado internacional, prevalece el que otorga la protección más amplia a la persona.

12 de mayo de 2012; Monterrey, N. L.; México. 

Juan M. Dabdoub Giacoman

Presidente

Consejo Mexicano de la Familia